La Legislatura de Chubut sancionó la Ley I N.º 857, que fija el traslado automático de tres de los cuatro feriados históricos provinciales para evitar cortes semanales y facilitar fines de semana largos. El descanso se reubica según el día en que caiga la fecha: si es martes o miércoles pasa al lunes anterior; si es jueves o viernes, al lunes siguiente.

Las fechas alcanzadas son el 30 de abril (plebiscito de 1902), el 3 de noviembre (jura de fidelidad a la bandera por pueblos tehuelches y mapuches) y el 13 de diciembre (Día del Petróleo Nacional). El 28 de julio, que recuerda el desembarco de los colonos galeses, permanecerá inamovible. Los actos oficiales y las actividades escolares se mantendrán en las fechas originales.

El primer traslado será en noviembre: el feriado del martes 3 pasará al lunes 2, generando un fin de semana de tres días. La medida abarca a empleados de administraciones públicas provinciales y municipales, y suspende clases en establecimientos públicos y privados de Chubut.